Les recordamos que las aportaciones y donativos realizadas a FUNDACION HEFAME son susceptibles de deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 49/2002 artículos 68.3, 69.1 y Reglamento artículo 69.2, así como los correspondientes a los propios de cada comunidad autónoma).
Con carácter general:
El 75% de los primeros 150 euros donados.
El 30% de las cantidades que excedan de 150 euros donados.
El límite de deducción será el 10% de la base liquidable del donante.
Nota: estos porcentajes y límites están sujetos a la normativa presupuestaría de cada ejercicio fiscal, tanto a nivel estatal como autonómico.